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Resumen del Documento

Derivado de los diferentes incumplimientos de la ANI en el pago, los constantes desplazamientos en los tiempos previstos para percibir los recursos a que tiene derecho Yuma Concesionaria S.A. conforme el Contrato de Concesión y las diferentes circunstancias ajenas a la voluntad de Yuma que se han venido presentando, y que continúan a la fecha, se han alterado sustancialmente las condiciones previstas de ejecución del plan de negocios y, sin la posibilidad de confeccionar razonablemente un nuevo plan de negocios mientras no se resolvieran algunas de las incertidumbres, consecuentemente se debió acudir a la aplicación de la cláusula de salvaguardia prevista en el Acuerdo de Reorganización. Lo descrito precedentemente exigió ajustar y modificar el flujo de caja conforme a la realidad actual, y, en consecuencia, modificar la fecha de cancelación de las obligaciones del acuerdo de reorganización conforme al texto adjunto. Dicha situación fue informada a los acreedores y comité de acreedores desde la comunicación YC-CRT-149589 del día 03 de junio de 2025.

La Modificación al Acuerdo de Reorganización Empresarial de Yuma Concesionaria S.A. actualiza las condiciones financieras, administrativas y operativas necesarias para garantizar la continuidad del proyecto vial y el cumplimiento de las obligaciones con los acreedores. El documento incorpora ajustes derivados de retrasos en pagos de la ANI y cambios sustanciales en el flujo de caja, buscando “solucionar las dificultades que dieron origen al trámite concursal” y asegurar la viabilidad económica de la empresa.

La modificación establece nuevas reglas de pago, mecanismos de salvaguardia, lineamientos de administración interna y obligaciones de transparencia. También fija la vigencia del acuerdo hasta el 1 de septiembre de 2029, salvo aplicación de salvaguardias, e incluye anexos esenciales como proyecciones financieras, inventarios de activos y pasivos, actas de objeciones y certificaciones legales. La empresa declara que la información entregada es “precisa, completa y no engañosa”, garantizando la confiabilidad del plan de reorganización.